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Se requiere de más Juzgados de Paz para atender demanda ante modificaciones en la Ley

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Con la vigencia de la Ley 6059, que modifica la Ley 879/91 del Código de Organización Judicial, se amplían las funciones de los Juzgados de Paz en todo el país y la demanda en los juzgados ubicados en las cabeceras departamentales es mucho mayor, por lo que se requiere de mayor infraestructura, más funcionarios y el nombramiento de más magistrados de ese fuero.

En los despachos se tiene solo un actuario y un ujier, se requiere de más funcionarios administrativos y mayor infraestructura para atender los casos que van sumando con el aumento de la competencia establecida en la nueva disposición. En Ciudad del Este hay 3 juzgados de Paz, luego en las demás ciudades del departamento se cuenta con un juzgado en cada una.
La Ley está en vigencia desde el 3 de julio pasado y todos los nuevos juicios deben presentar su liquidación, pero no pagan tasas judiciales los juicios ejecutivos hasta 8.125.200 guaraníes, superando ese monto, ya se debe abonar el tributo judicial en las redes bancarias. La competencia de los jueces de Paz es en las causas donde se reclaman 1 a 24.375.600 de la moneda nacional.
Otra modificación, con la nueva Ley es que todas las gestiones en el juzgado requieren del acompañamiento de un abogado, con lo que también aumentó la demanda de los profesionales de la Defensa Pública, en su mayoría, además de los del sector privado que asisten a sus clientes en los distintos juicios.
Los juicios sucesorios de propiedades rurales, a partir de 50 hectáreas en adelante, están a cargo de los magistrados de Paz, en las propiedades urbanas, el valor fiscal desde 24.375.601 guaraníes. Igualmente, la intervención en acciones posesorias por ese monto.
«En las cabeceras departamentales no se tendrán muchos inconvenientes, porque los juzgados de primera instancia están al alcance de la ciudadanía, esta Ley tiene por objetivo que las personas no salgan de sus comunidades para acceder a la justicia. Ya van ingresando juicios nuevos, con la puesta en vigencia de la nueva disposición», explicó la abogada Vicenta Fariña, jueza de Paz del tercer turno en Ciudad del Este.
UNA ACORDADA
La Corte Suprema de Justicia debe emitir una acordada para definir las acciones de los magistrados de Paz y los demás fueros, atendiendo a que hay funciones que ahora son para los magistrados de paz, pero también se dan para los otros, por ello se está trabajando con un equipo de trabajo para que el beneficio sea para toda la ciudadanía.
Hay casos como prestación alimentaria, cuestiones laborales y otros que pueden ser homologados en los Juzgados de Paz, con la nueva Ley que entró en vigencia a inicios de julio. Por ello, se requiere de una definición de funciones que cabe a la máxima instancia judicial aplicarlos, en breve.

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