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Procesan a comerciante libanés que habría estafado a turista brasileño

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El fiscal Edgar Torales Gamarra imputó a un comerciante libanés que habría embaucado a un turista brasileño. Se trata de Zein Habih Jawad, quien soporta la acción penal por la supuesta comisión del hecho punible contra el patrimonio (Estafa).

Según la investigación, el hecho ocurrió el 25 de noviembre del presente año, siendo víctima Luciano Paulo Bloaes Monica. En ese entonces, el turista llegó hasta la casa comercial denominada «Compras Paraguay», ubicada en el centro de la capital del Alto Paraná, con la intención de adquirir dos aparatos celulares con características específicas.

El mismo fue atendido por el propietario, Zein Habih, quien le vendió dos teléfonos, uno de la marca Xiaomi M1, M110 T, Dual Life 5G, y otro de la marca Xiaomi Note 9, de 128 Gb, con un costo total de 905 dólares americanos. Acordaron el pago vía tarjeta de crédito Visa, fraccionado en ocho cuotas.

Estando ya en territorio brasileño, el comprador recibió en su celular un mensaje de texto, informándole del descuento íntegro de 905 dólares por la compra realizada, además de otro descuento irregular de 117 dólares. Asimismo, al verificar los aparatos telefónicos, se percató que los mismos no eran de las características y especificaciones  que había adquirido.

Luciano Paulo se vio obligado a regresar a Paraguay y reclamar al comerciante. Sin embargo, éste se negó a cancelar la venta y a devolver el dinero, lo que motivó la denuncia por parte de la víctima y posterior intervención del comercio por una comitiva del Ministerio Público y la Policía Nacional.

En prosecución de la investigación, la Fiscalía recabó elementos que hacen suponer que Zein Nabih  habría realizado una declaración falsa respecto a las características de los aparatos ofrecidos y vendidos, además de la forma de pago, causando de esa manera un perjuicio patrimonial a Luciano Paulo.

Consecuentemente, el fiscal Edgar Torales dispuso la apertura del proceso penal en contra del sospechado y consideró razonable el plazo de cuatro meses para la presentación del requerimiento conclusivo. Asimismo, requirió la aplicación de medidas alternativas a la prisión, toda vez que el imputado justifique su arraigo y cumpla con algunas reglas de conductas.

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