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Si tu empresa no está al día, no puedes cobrar por reposo de maternidad

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El Instituto de Previsión Social (IPS) se apega rigurosamente al decreto reglamentario 7550/17, el cual establece las directrices y normativas que rigen la «Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna». De acuerdo con este decreto, resulta esencial que los empleadores estén al día con el pago de los aportes de las trabajadoras para garantizar que las mujeres embarazadas puedan acceder a este beneficio fundamental.

En un esfuerzo por alinear sus políticas con el mencionado decreto, la Previsional insta firmemente a las empresas a mantener al día los pagos de los aportes de sus trabajadores. Esta solicitud se basa en la Ley 5508/15, promulgada por el Congreso de la Nación, la cual otorga a las trabajadoras el derecho inalienable de gozar de un período de licencia por maternidad que cubre tanto el período prenatal como el postnatal, asegurando que el embarazo, el parto y el tiempo de recuperación no sean impedimentos para la reincorporación de las mujeres al mercado laboral.

Es imperativo subrayar que el reposo por maternidad se abona durante un período de 126 días, con la posibilidad de una extensión en situaciones especiales, como partos prematuros o casos de enfermedades congénitas.

Para verificar si tu empleador está al día con los pagos de tus aportes desde la comodidad de tu hogar, puedes utilizar la herramienta en línea «MI IPS». Este recurso te permite comprobar si tu empleador cumple con sus obligaciones de pago y si contribuye con la cantidad que se deduce de tu salario.

Es de suma importancia mantenerse informado y estar al tanto de tus derechos, así como de las responsabilidades de tu empleador. Puedes acceder al texto completo del decreto mencionado a través de este enlace: https://goo.su/pFJNpxH. No dudes en consultar esta fuente para obtener más detalles sobre esta importante cuestión que afecta a las trabajadoras en su etapa de maternidad.

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