La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) emitió un recordatorio a los ciudadanos extranjeros con radicación temporal o permanente sobre las causales que pueden derivar en la pérdida de su estatus migratorio. El motivo principal de alerta es la ausencia injustificada del territorio paraguayo por plazos que superan lo permitido en la ley vigente.
De acuerdo con el Artículo 55 de la Ley N° 6984/22, la cancelación de la residencia significa que la persona pierde su categoría migratoria y, por ende, el derecho a permanecer o residir en el país.
Plazos máximos de ausencia
La normativa establece tiempos específicos según el tipo de radicación. La institución puede iniciar el proceso de cancelación si el extranjero se ausenta sin justificación bajo estas condiciones:
- Residentes permanentes: Ausencia de más de tres años corridos.
- Residentes temporales: Ausencia de más de un año corrido.
Desde la institución aclararon que, en caso de confirmarse la cancelación, el extranjero tiene la obligación de abandonar Paraguay en el plazo que determine la autoridad. De no cumplirse esta orden, la DNM está facultada para disponer la expulsión del país.
Otras causas y excepciones
Además de la ausencia física, existen otros factores que pueden motivar la anulación del carnet de residente, tales como la presentación de documentos falsos, fraude migratorio, el incumplimiento de las leyes locales o por pedido expreso del propio interesado.
No obstante, Migraciones resaltó que aquellos extranjeros que necesiten viajar por periodos extensos pueden gestionar una autorización previa ante la institución. Con este trámite, el residente puede resguardar su condición legal y evitar inconvenientes al intentar reingresar al país.



