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Ordenan desalojo en 48 horas de obra Paseo del Minguero

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El Juzgado de Faltas ordenó desalojar en 48 horas el Paseo del Minguero por ocupar sin autorización la franja de dominio de la Ruta PY02 en Minga Guazú.

Minga Guazú. Una resolución del Juzgado de Faltas del Primer Turno de Ciudad del Este ordenó el desalojo total en un plazo de 48 horas de las construcciones realizadas en la franja de dominio de la Ruta PY02, a la altura del km 315, donde se ejecuta el denominado Paseo del Minguero.

La decisión judicial declara como ocupantes ilegales a la Municipalidad de Minga Guazú, encabezada por el intendente Diego Ríos, así como a cualquier otra persona que se encuentre utilizando el espacio al momento de la ejecución de la sentencia.

De acuerdo con los antecedentes del expediente, las construcciones se levantaron dentro de una zona considerada franja de dominio público, cuyo uso está regulado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

Según los informes técnicos incorporados al proceso, no existe autorización de la Dirección de Vialidad para la ejecución de dichas obras, lo que convierte la ocupación en irregular conforme a la normativa vigente.

Durante la verificación realizada por el juzgado, se constató que la obra incluye:

  • Bloques de casillas comerciales
  • Baños sexados, incluyendo uno adaptado
  • Camineros para circulación peatonal
  • Instalaciones eléctricas
  • Espacios destinados a actividades comerciales

La intervención se extiende por aproximadamente 600 metros lineales, evidenciando un avance significativo al momento de la inspección.

Los documentos revelan que ya desde el año 2024 el MOPC había advertido sobre la prohibición de construir en dicha franja, instando a las autoridades a ejercer control y evitar ocupaciones irregulares.

Sin embargo, pese a las notificaciones formales, la obra continuó su ejecución sin contar con los permisos requeridos.

Desalojo con apoyo policial y posibles consecuencias legales

La resolución dispone que el procedimiento de desalojo y despeje sea acompañado por la Patrulla Caminera, Policía Nacional, MOPC y ANDE, a fin de garantizar su cumplimiento.

Además, se establece que los costos del operativo deberán ser asumidos por los ocupantes, sin perjuicio de eventuales acciones civiles o penales en caso de incumplimiento.

El juzgado advierte que la conducta podría encuadrarse como falta grave por ocupación ilegal de la vía pública, con posibilidad de remisión de antecedentes al Ministerio Público.

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