Una madre de familia fue condenada a 22 años de prisión por los hechos punibles de Abuso Sexual como Autora Mediata, Pornografía Infantil y Violación del Deber del Cuidado, en el que resultó víctima su hija menor de 6 años.
Igualmente, fue condenado a 15 años de prisión un amigo de la mujer, identificado como Paulo Armoa, al ser hallado culpable por manosear a la niña y Pornografía Infantil en carácter de instigador. La sentencia se dió de acuerdo con la Ley anterior. El Ministerio Público estuvo representado por la fiscal Analía Rodríguez.
El Juicio Oral concluyó este miércoles 4 de marzo en la Circunscripción Judicial de Alto Paraná. La Fiscalía Especializada en la Lucha contra la Trata de Personas pudo demostrar con suficientes elementos de pruebas que la niña era abusada sexualmente en forma sistemática desde el 19 de julio del 2017 hasta el 3 de noviembre del 2019.
En ese periodo, la madre introducía a su hija en una habitación con un muchachito para que éste le practicara a la fuerza el coito, mientras ella procedía a filmar el abuso desde la sala. Luego, los vídeos eran enviados por la mujer al teléfono celular del coprocesado, Paulo Armoa. Fueron cuatro los videos de escenas desgarradoras que el Tribunal pudo observar.
La fiscal Analía Rodríguez explicó que concurrieron varios tipos penales, como Abuso Sexual en Niños cometido por la madre como autora mediata, en razón de que había utilizado a otro, en este caso a un menor inimputable, como instrumento y sobre quien existió la subordinación para concretar el coito.
Señaló que aunque el Ministerio Público optó por prescindir de la declaración de la niña en todo el proceso, considerando los daños físicos y sicológicos causados por la madre.
Las evidencias y declaraciones rendidas durante el juicio fueron contundentes para que el Tribunal, conformado por Serafín González, Flavia Recalde y Vitalia Duarte, decidiera condenar a la madre de la víctima a la pena máxima, considerando la Ley anterior con respecto al Abuso Sexual en Niños, que establecía para el coito 15 años de pena privativa de libertad.



