
Ciudad del Este. Profesionales y estudiantes del área de la salud participarán este viernes 30 de mayo en una charla sobre los desafíos legales y médicos en la atención a pacientes Testigos de Jehová, especialmente en lo referente a tratamientos que excluyen transfusiones de sangre. La actividad será en el Salón Auditorio del Hospital del Área 2 de la Fundación Tesãi, con acceso libre y gratuito, de 08:00 a 10:00 horas.
El encuentro es impulsado por el Comité de Enlace con los Hospitales (CEH), una organización vinculada a esta confesión religiosa, y cuenta con el respaldo logístico de la Fundación Tesãi. La invitación está abierta a médicos, enfermeros, personal de blanco y estudiantes de medicina, tanto del sector público como privado.
Los temas a tratar incluyen «estrategias clínicas sin sangre», cuestiones bioéticas y aspectos legales aplicables a Paraguay, además de la presentación de la postura ética y religiosa de los Testigos de Jehová sobre los tratamientos médicos.
Según el programa oficial, entre los disertantes figuran abogados y médicos integrantes del CEH, quienes buscarán generar un enfoque comprensivo sobre cómo actuar ante la negativa de ciertos pacientes a recibir transfusiones, incluso en casos de riesgo de vida.
El evento también contempla una sesión de preguntas abiertas y un espacio para networking, con la finalidad de facilitar el contacto entre los profesionales del área.
En hospitales del Alto Paraná, ya se han registrado casos de objeción religiosa que pusieron a prueba la preparación del personal médico para actuar en estos contextos. Si bien Paraguay reconoce el derecho a la libertad de conciencia, el cumplimiento del deber profesional en situaciones límite sigue generando dudas entre los profesionales.
La Fundación Tesãi no emitió un posicionamiento institucional sobre estos tratamientos, pero al facilitar este espacio, se abre el debate en torno a cómo conciliar creencias religiosas con el derecho a la salud y el deber ético del personal de blanco.
Marco legal en Paraguay
En Paraguay, el derecho a la vida prevalece sobre la autonomía del paciente en situaciones de riesgo extremo. Esto fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia en 2019, al declarar constitucional el artículo 24 de la Ley 3441/08 («Ley de Sangre»), que autoriza las transfusiones de sangre cuando son vitales para salvar la vida del paciente, incluso sin su consentimiento. Si bien la Constitución garantiza la libertad de conciencia y religión (art. 24), este derecho no es absoluto y puede ser limitado cuando entra en conflicto con derechos fundamentales como el derecho a la vida (art. 4).