El Ministerio de Hacienda a través Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (Dgpejbf), emitió una serie de disposiciones para sociedades anónimas a través de la Resolución N° 07/2022 de fecha 20 de julio de 2022.
La nueva disposición establece que aquellas sociedades anónimas acogidas al régimen especial establecido en la Ley N° 6872/2021 que hayan realizado asamblea extraordinaria correspondiente a la reconducción hasta el 15 de junio de 2022, excepcionalmente podrán presentar su solicitud de dictamen de modificación de estatutos para conversión de acciones.
Asimismo, dispone que aquellas solicitudes de dictámenes de modificación de estatutos para conversión de acciones, que hayan ingresado ante la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales al 9 de diciembre de 2020 y, en donde la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales haya emitido dictamen en fecha posterior al 15 de enero de 2021 excepcionalmente, podrán realizar el canje de acciones con multa y deberán comunicar a la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales.
Entre otras disposiciones establecidas en la ley.



