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Promoverán ordenanza para control de tabaquismo

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Este marte, la Municipalidad de Ciudad del Este anunció que apoyará la iniciativa del Programa Nacional de Control de Tabaquismo y Enfermedades Respiratorias Crónicas del Ministerio de Salud, con relación al proyecto de implementación de una ordenanza para la prohibición del consumo de tabaco y sus derivados en los lugares cerrados de acceso público.

Para el efecto, los profesionales de salud involucrados en el proyecto se reunieron esta mañana con el intendente municipal, Abg. Hugo Benítez, para presentar un modelo de ordenanza que pretenden sea aprobado por la Junta Municipal de Ciudad del Este.

La iniciativa se fundamenta en la necesidad de proteger a las personas del humo del tabaco, ya que el consumo de cigarrillos, incluyendo el vapeador, representa un riesgo para la salud, por sus componentes cancerígenos y contaminantes tóxicos.

Además, es competencia del Estado impulsar políticas públicas para la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, garantizando el acceso a la información que permita a las personas crecer adoptando conductas saludables.

Los promotores de la ordenanza alegan que científicamente se ha demostrado que el uso del tabaco en cualquiera de sus formas es adictivo y que su presentación puede constituir un medio que fomente la compra y el consumo del producto.

Alertan que ningún nivel de los compuestos tóxicos contenidos en los cigarrillos y demás productos del tabaco es seguro para la población consumidora y que todos han demostrado representar un riesgo para la salud.

Consideran además que la Constitución Nacional consagra el derecho a la vida, disponiendo que toda persona será protegida por el Estado en su integridad física y psíquica. En cuanto al derecho a la salud, expresa que el Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés a la comunidad.

La Ley N° 2969/06 ratifica el Tratado Internacional, Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud. El Art. 4° de la misma dispone que todos deben estar informados de las consecuencias sanitarias, la naturaleza adictiva y la amenaza mortal del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco y se deben contemplar en el nivel gubernamental apropiado medidas legislativas, ejecutivas, administrativas u otras para proteger a todas las personas del humo de tabaco.

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