El municipio de Foz de Yguazú publicó ayer un nuevo decreto sobre restricciones para este y el siguiente fin de semana, debido al aumento de los casos con el covid-19, la ocupación de camas de UCI en el Hospital Municipal, que es un referente para los municipios del área regional de salud; y la intensa circulación de personas en la frontera.
De acuerdo con el Decreto 29.199, todas las actividades están suspendidas, excepto las previstas en el art. 4º del Decreto 29.078, de las 17.00 horas del 15 de mayo (sábado) a las 5:00 horas del 17 de mayo (lunes); y desde las 17.00 horas del 22 de mayo (sábado) hasta las 5:00 horas del 24 de mayo (lunes) de 2021.
Entre las actividades autorizadas, se mantiene el funcionamiento de las farmacias las 24 horas; urgencia y emergencia médica humana y animal; servicios de asistencia social y asistencia a la población en situación de vulnerabilidad; servicios fúnebres; servicio de inspección por organismos de inspección municipales, estatales y federales; proveedores de acceso a redes de comunicaciones, telecomunicaciones e Internet; gasolineras, tiendas de conveniencia, restaurantes y cafeterías establecidos en los márgenes de la BR-277, exclusivamente para viajeros y camioneros la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en el lugar después de las 11 pm; seguridad pública y privada, incluida la vigilancia; suministro de electricidad; prensa; iluminación pública; captación, tratamiento y distribución de agua; colecta de basura; prevención, control y erradicación de plagas de plantas y enfermedades animales; servicios de lavandería industrial y hospitalaria.
El servicio de transporte público también se suspenderá los fines de semana, excepto para atender exclusivamente a los trabajadores de la salud, según lo opera FOZTRANS.
A partir del lunes (17), las actividades gastronómicas podrán operar de 6 am a 10 pm y se establece un toque de queda en la ciudad de Foz do Yguazú, de 11 pm a 5 am.
Durante los períodos en los que está en vigor el toque de queda, pueden trabajar: entrega de alimentos listos para comer, así como entrega de gas o entrega de 17 a 22 horas el 15 y 22 de mayo y de 10 a 22 horas el 16 y 23 de mayo, pero está prohibido recoger en el mostrador por los clientes; gasolineras hasta las 8 pm, se prohíben las actividades de las tiendas de conveniencia; Terminal de Buses Internacionales de Pasajeros, exclusivamente para embarque y desembarque; atractivos turísticos y medios de alojamiento, solo para turistas, con la debida prueba; transporte privado de pasajeros, para los casos a que se refiere el inciso IV, del art. 4to del Decreto no 29.078 y art. 3 de este Decreto.
También se pueden llevar a cabo en templos religiosos, con un máximo de cinco personas, hasta las 8 pm y, en el caso de un acercamiento relámpago, se debe presentar una declaración emitida por la autoridad eclesiástica, que contenga los nombres de los participantes, hora y lugar donde se llevará a cabo.
Durante el toque de queda, la circulación de personas está prohibida, excepto por motivos de fuerza mayor, para la compra de medicamentos, productos médicos y hospitalarios y productos veterinarios; para la asistencia, propia o de otra persona, como acompañante, a consultas o para realizar reconocimientos médicos y hospitalarios, en caso de problemas urgentes de salud; para realizar trabajos, si ejerce funciones autorizadas; para volver a casa, para trabajadores cuyo día exceda el horario establecido.
El anunció que intensificará la inspección en las vías con los equipos de Inspectores de la Dirección de Hacienda Municipal, Vigilancia Sanitaria, Guardia Municipal, FOZTRANS con la colaboración de la Policía Militar, a través de la Acción Integrada de Inspección Urbana – AIFU.
Los extranjeros y brasileños de otros países deben presentar prueba de prueba negativa para Covid-19 en examen RT-PCR, realizado por una institución o empresa autorizada por el país de origen, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ingreso a la ciudad.
Los trabajadores, empresarios fronterizos y estudiantes, en tránsito entre países hacia lugares de trabajo o residencia, no estarán obligados a presentar prueba, siempre que residencia o trabajo comprobado.



